Fue en una Conferencia Internacional sobre Beneficiarios Finales que se realizó en la Procuración General de la Nación, de la que participaron expertos internacionales en delitos financieros.
El reclamo para que haya un registro público unificado a nivel nacional. «Conocer quiénes son los verdaderos dueños de las empresas es imprescindible para cualquier Estado que pretende combatir la evasión fiscal, la corrupción y el lavado de dinero. Los registros públicos de beneficiarios finales de las personas jurídicas constituyen una herramienta necesaria para frenar el drenaje de recursos asociado a los flujos financieros ilícitos». Este fue el leitmotiv de la 5ta Conferencia Internacional sobre Registros Públicos de Beneficiarios Finales que cerró este miercoles en Buenos Aires, en la sede de la Procuración General de la Nación.
Organizada por la Fundación SES y la organización británica Tax Justice Net, y el apoyo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), su objetivo de promover la adopción de registros que faciliten la identificación de los verdaderos dueños de las empresas y fideicomisos argentinos, para poder prevenir y combatir delitos financieros.
A lo largo de un día y medio, expertos de organismos públicos de Argentina, Brasil y Uruguay, así como especialistas del sector privado coincidieron en la necesidad de contar con un registro público y unificado de información de los beneficiarios reales, hoy inexistente en Argentina. Destacaron que es necesario como «herramienta para transparentar quiénes están detrás de las distintas estructura jurídicas, bajo la forma de sociedades o fideicomisos, y terminar con su anonimato».
Varios de los expositores argumentaron que la posibilidad de escudarse en empresas fantasmas o radicadas en jurisdicciones de opacidad financiera, ha permitido el movimiento de dinero de origen ilícito, producto de la evasión fiscal, el ocultamiento de patrimonio y el lavado de dinero proveniente de sobornos, narcotráfico u otros delitos trasnacionales.
La imposibilidad de conocer quién está realmente de una empresa, ya sea porque hay un testaferro u otra sociedad controlante de la cual tampoco es posible identificar a su dueño, impide identificar al autor o los autores de esos delitos.
Por otro lado, el acceso público a los beneficiarios finales le permite a un inversor o comerciante que va a contratar con una empresa, poder saber con quién está haciendo negocios realmente.
Al mismo tiempo, las autoridades, los periodistas y las ONGs pueden investigar si hay alguna ilegalidad relacionada a una empresa. Los registros públicos también ayudan a que los bancos corroboren que sus clientes corporativos no escondan a narcotraficantes, terroristas o personas involucradas en lavado de activos u otros delitos.
El ejemplo del Reino Unido
El Reino Unido -junto a Dinamarca y Ucrania – cuentan con registros públicos accesibles online de los beneficiarios finales de sus empresas. Para hablar cómo funciona el registro británico, la parlamentaria laborista Margaret Hodge fue la encargada de abrir la Conferencia y disertar como invitada especial.
Titular del Grupo de Todos los Partidos sobre Fiscalidad Responsable del Parlamento, la legisladora es una de las principales impulsoras del reclamo para que las dependencias de la corona británica y los territorios británicos de ultramar -algunas de las guaridas fiscales más conocidas del mundo como Islas Caimán, Islas Vírgenes Británicas o Jersey- implementen y publiquen los registros públicos de beneficiarios finales de sus empresas.
Hodge recordó la «batalla» que debió librar para conseguir el consenso entre parlamentarios del distintos orígenes políticos para que hoy exista el Registro Público de Sociedades en el Reino Unido. Entre sus argumentos, señaló el volumen del flujo de dinero ilícito que ingresa anualmente en el Reino Unido, y puso como ejemplo dos barrios de Londres donde gran parte de las propiedades están en manos de ciudadanos rusos, y permanecen vacías.
También señaló que «su implementación fue posible por la existencia de una corriente en favor de que sea público», y afirmó que pese a que «no funciona en forma ideal» – por ejemplo no incluye a los fideicomisos- fue un gran avance. «Hoy hay dos millones de personas que han accedido para consultas», detalló.
Hodge destacó que, para principios 2020, todos los Registros de su tipo con información sobre las beneficiarios de las empresas en Europa deberán ser públicos, y para 2023, está previsto que hagan lo mismo los territorios de ultramar de la corona británica, usuales guaridas fiscales elegidas para los negocios off shore por su baja tributación y opacidad financiera.
«El combate de los flujos financieros ilícitos no sólo debe enfocarse en la corrupción: abordar las maniobras de evasión y elusión de las grandes empresas es muy importante para garantizar servicios públicos de calidad y mejorar la distribución del ingreso», señaló Hodge en su inglés británico ante el auditorio.
La parlamentaria afirmó que a través de una mayor concientización sobre las consecuencias de la falta de control de las estructuras jurídicas que trasladan sus movimientos financieros a jurisdicciones no transparentes, hizo que «la cuestión fiscal se debatiera en los pubs, y no se tratara solo en los despachos».
Hodge asimismo resaltó el impacto de las filtraciones como Panamá Papers y Paradise Papers, lideradas por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investiagción (ICIJ), que forzaron a que algunas de las guaridas fiscales más relevantes se comprometan a implementar registros públicos de beneficiarios finales. «La mitad de las sociedades off shore reveladas en esas investigaciones internacionales estabas en territorios de ultramar de la corona británica», señaló.
Qué pasa en Argentina
En América Latina, Costa Rica y Uruguay ya cuentan con registros de beneficiarios finales. No así Argentina. El país no cuenta con un único registro y los relevamientos de beneficiarios finales existentes poseen información dispersa, incompleta y desactualizada.
Argentina acaba de establecer un Registro Nacional de Sociedades que, sin embargo, que no recolecta datos sobre los socios o accionistas de las empresas y, menos aún, sobre los beneficiarios finales. Ha venido incorporando información en poder de la AFIP -organismo que sí tiene los datos de los accionistas de las empresas -, de la Inspección General de Justicia de la Capital Federal (IGJ), y de sus pares de las restantes 23 provincias.
Pero la información no está aún toda digitalizada, ni tampoco actualizada, ni incluye siempre a los accionistas. «Dependemos de la información que nos provean los registros provinciales, que tienen los datos en formatos distintos, y en la mayoría de los casos aun en papel», explicó la directora de Registro Nacional de Sociedad Paula Zabalegui.
La funcionaria informó que este nuevo Registro funciona bajo la órbita del Ministerio de Justicia y ya está on line, con un buscador que por ahora permite buscar por denominador social y CUIT, pero que aún no está conectado con sus pares en las provincias.
A su turno, la abogada María Eugenia Marano, con 12 años de experiencia en la IGJ y actual consultora de la Fundación SES, advirtió que, desde 2015, las personas jurídicas que se inscriben en la IGJ de la Ciudad de Buenos Aires deben informar los beneficiarios finales, algo que no siempre ocurre y sobre lo que el organismo tiene una limitación capacidad de control.
Esta experta en sociedades y prevención de lavado de dinero detalló que la información de beneficiarios finales sólo es requerida por tres Registros en el país: el de Capital, el de Provincia de Buenos Aires y el de Tierra del Fuego. «Pero estos organismos no tienen control de legalidad sobre las sociedades. Las personas jurídicas deben presentar su declaración jurada de beneficiarios finales, pero es solo una declaración, no hay corroboración de esos datos», puntualizó.
El caso de Uruguay
Entre los expositores, estuvo Carmen Rua, auditora interna del Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay, quien explicó como funciona el registro de beneficiarios finales de personas jurídicas en su país. Desde 2017, las entidades jurídicas -incluidos los fideicomisos, fundaciones y asociaciones civiles- de Uruguay deben identificarlos ante el Banco Central. Sin embargo este registro no es público y esa información solo se entrega ante un pedido judicial.
La sanción prevista en caso de incumplir con la obligación de informar los beneficiarios reales van desde la suspensión del certificado de vigencia anual, hasta la prohibición de distribución de utilidades. El «umbral» para ser considerado beneficiario final en el vecino país es el 15% de la titularidad accionaria o voto, ya sea en forma directa o indirecta.
Prevención y efectividad en duda
A su turno, Andrés Knobel, de Tax Justice Network, puso el eje en la necesidad de «una verificación preventiva, no post» y se debería certificar que los datos aportados ante la IGJ coincidan con los de la AFIP, por ejemplo. Puso como ejemplo el caso del jubilado que figuraba como apoderado de la sociedad controlante de The Old Fund, la misteriosa firma que se quedó con la ex Ciccone, cuyo perfil financiero no coincidía con el de un comprador de una imprenta de papel moneda.
Conferencia Beneficiarios Finales (3)Andrés Knobel, de Tax Justice Network, exponiendo en uno de los paneles
Knobel consideró que «el sistema debería impedir a una empresa funcionar si no presenta anualmente, no sólo sus balances, sino también su declaración de beneficiarios finales». Y advirtió que, si bien en Argentina se considera beneficiario final a quien posea más del 20% de la propiedad de una firma, hay mecanismos de figuras jurídicas interpuestas para eludir figurar como titular de ese porcentaje, pero en la práctica serlo.
En otro de los paneles, Celeste Plee, del área de Prevención de Lavado de Activos del Banco Nación, planteó como interrogante si el Estado argentino está siendo efectivo en la prevención de delitos financieros y de lavado de dinero a través de su sistema de emisión de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS). Detalló que en el país hay 80.000 «sujetos obligados» -personas y entidades que están obligados a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) si un movimiento de dinero es sospechoso, por el monto, por no estar justificado su origen o por no coincidir con el perfil del cliente- y «se emiten unos 25.000 ROS al año, que derivan en 800 diseminaciones de la UIF».
En ese sentido, advirtió que «hay una desproporción de recursos humanos y análisis que se hace desde los sujetos obligados para determinar posibles movimientos sospechosos, que plantean un interrogante sobre la eficiencia de este trabajo».
Por último destacó que la baja cantidad de condenas por casos de lavado de dinero. Según datos de la Procelac, desde 1999 hasta la fecha, hubo solo 25 sentencias condenatorias en el país por este tipo de delitos, varias de las cuales aún están pendientes de confirmación por un Tribunal de alzada.
El accionar de la Justicia
En el anteúltimo panel de la Conferencia, el juez federal en lo Penal Económico Rafael Caputo se refirió al concepto de «extensión de autoridad» en casos de evasión tributaria, contrabando y lavado de dinero. Explicó que amplía la responsabilidad de la autoría a directivos de una empresa involucrada en alguno de estos delitos, aún cuando la persona no tenga un cargo formal, siempre que haya intervenido en el hecho investigado.
El juez Rafael Caputo, Laura Roteta (Procelac) y el fiscal Pablo Turano
Por su parte, el fiscal federal del mismo fuero Pablo Turano se refirió a la dificultad para obtener las pruebas vía exhorto internacionales que certifiquen quiénes son los verdaderos titulares de empresas y cuentas en el extranjero investigadas por la Justicia local.
Turano advirtió que mientras que «se incrementaron los canales de información, las vías de acceso y la velocidad para acceder a esos datos en el exterior, sigue siendo igual de engorroso obtenerlos por la vía formal para utilizarlos como elementos probatorios».
En este sentido, la fiscal de la Procelac Laura Roteta señaló que «si los datos de los beneficiarios finales de las empresas de otro país estuvieran en un registro público on line, no sería necesario recurrir a los exhortos internacionales que siempre demoran para conseguir esa información».
Regulaciones
Los conceptos de la parlamentaria británica Hodge fueron retomados en el panel de cierre por Adrián Falco, de Fundación SES. «Regular o no a las empresas y poner la lupa sobre la riquezas globales es la brecha entre un Estado grande -que ofrece a sus ciudadanos oportunidades para su desarrollo-, y un Estado pequeño, que permite que las corporaciones se desarrollen sin control. No regular termina afectando los presupuestos públicos que dependen de los impuestos que se recauden», advirtió Falco.
Jimena de la Torre (AFIP), Mario Villar (Procelac) y Adrián Falco (SES)
Sobre el final, el titular de la Procelac, el fiscal Mario Villar afirmó que, luego de las distintas exposiciones, «queda flotando la pregunta sobre si el no informar los beneficiarios finales por parte de una persona jurídica, debe quedarse solo en una sanción administrativa (como es hoy), o se deberían avanzar en sanciones penales».
Villar cerró la Conferencia destacando que «la importancia de conocer quién o quiénes están al final de la cadena y quién se beneficia realmente con una operación, está en poder recuperar los bienes de un delito para la sociedad».
La Conferencia tuvo el apoyo de la Red Latinoamericana por Justicia Económica y Social; la Financial Transparency Coalition; la Agencia Noruega para Cooperación al Desarrollo; y la Embajada Británica en Buenos Aires.
Fotos: Fundación SES